A pesar de que las pensiones medias han aumentado en este 2023, hay pensionistas que, por distintas circunstancias, no llegan al límite establecido legalmente. A ellos está dirigido el complemento por mínimos , una ayuda de la Seguridad Social que se otorga a las personas con las pensiones más bajas. Para poder acceder a esta prestación, hay que tener reconocida una pensión cuya cuantía no alcance un mínimo que se establece anualmente en cada caso; tampoco se pueden percibir rendimientos del trabajo, del capital o de actividades económicas y ganancias patrimoniales superiores al límite de ingresos establecido en función de su situación familiar. Además, los pensionistas que se benefician de esta ayuda deben residir en España . El complemento por mínimos no hay que solicitarlo , sino que el Estado lo otorga de oficio a aquellas personas perceptoras de pensiones muy bajas. En caso de percibir este tipo de pensiones por debajo del límite, si la pensión del año es superior, es la Seguridad Social quien complementa hasta que la persona alcanza la pensión mínima . Los límites y las especificidades del complemento por mínimos están recogidos en el BOE, según el Real Decreto 1058/2022, de 27 de diciembre. Como se especifica en la Revista de la Seguridad Social, estos complementos se revisan anualmente. Mientras los ingresos no superen los límites establecidos, se seguirá percibiendo. Solo hay un caso en el que el pensionista debe comunicar al INSS sus ingresos: aquellos que a lo largo del ejercicio 2023 perciban (o prevean hacerlo) rentas superiores a los límites . Es decir, si hay cambios en este sentido se debe comunicar. Los pensionistas que deben comunicar al INSS sus ingresos Si el pensionista percibe un complemento a mínimos con cónyuge no a cargo o sin cónyuge y en 2023 tiene previstos ingresos superiores a 8.614,00 euros Si cobra un complemento a mínimos con cónyuge a cargo y en 2023 tienen previstos, usted y su cónyuge, ingresos conjuntos superiores a 10.048,00 euros, debe comunicar al INSS esta circunstancia para que regularices este complemento No se debe confundir con la pensión mínima Como alerta el Ministerio de Inclusión, Seguridad y Migraciones, el complemento por mínimos no debe confundirse con la fe de vida . Desde el Ministerio se aclara que la fe de vida solo la deben presentar los pensionistas residentes en el extranjero para seguir percibiendo su pensión. MÁS INFORMACIÓN Noticia No La letra pequeña del decreto de pensiones que ultima el Gobierno y que afectará a tu jubilación En este caso, se debe hacer, como todos los años, antes del 31 de marzo . Asimismo, los pensionistas residentes en España no deben realizar ningún trámite en este sentido ni ningún otro trámite con el Instituto Nacional de la Seguridad Social y seguirán recibiendo la pensión con normalidad.
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Qué es el complemento por mínimos: la ayuda que la Seguridad Social otorga a la pensiones más bajas
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